Un año después de la entrada en vigor de la Ley General de la Comunicación Audiovisual (LGCA), la protección de los menores y los derechos de los usuarios en el ámbito audiovisual está en precario. Mientras la aprobación de la ley supuso la derogación de la regulación anterior, no se han puesto en marcha los organismos e instituciones destinados a vigilar su cumplimiento, lo que supone un río audiovisual revuelto, ganancia de los pescadores de las cadenas y sus programadores que están haciendo un poco lo que quieren:  se emiten contenidos con una calificación absolutamente discutible tanto en el horario de protección general, como en el horario restringido de protección especial; se incumple  la obligatoriedad de informar de los contenidos a través de las Guías Electrónicas de Programación; no se han puesto en marcha, ni está en la agenda de la mayoría de los operadores el hacerlo, los sistemas de control parental a los que obliga la ley.
 

Esta situación, si no se subsana a tiempo, puede generar unas inercias que se conviertan en vicios definitivos en un momento clave de cambio tecnológico a una nueva televisión híbrida capaz de recibir contenidos a través de la red que exigirá unos instrumentos de protección adecuados para garantizar los derechos de protección de los menores y nuestro propio derecho de adultos a elegir en libertad.

 

En este contexto de ambigüedad, se aprobó en el Consejo de Ministros del pasado viernes 3 de junio, una Orden para impulsar la constitución del Consejo Estatal de Medios Audiovisuales (CEMA), en cuya redacción se alude de manera expresa y significativa a la función que debe desempeñar este organismo en relación con la protección de los menores.

 

Dado que no hay acuerdo entre los dos principales partidos, es probable que el CEMA se constituya con una mayoría del PSOE y sus apoyos, ya que según la ley el CEMA estará integrado por un presidente y seis consejeros, todos ellos elegidos por mayoría de tres quintos del Congreso. No obstante, si transcurridos dos meses desde la primera votación no se alcanza esa mayoría, los nombramientos podrán aprobarse por mayoría absoluta.

 

Es por ello que ante el peligro de que este organismo se convierta en algo inoperante o de que acabe teniendo un carácter política o ideológicamente sectario, nosotros apoyamos rotundamente su constitución y reclamamos el máximo consenso posible entre los dos principales partidos a la hora de elegir a sus miembros, centrándose en la idoneidad de los candidatos propuestos y no en la aritmética parlamentaria.

 

Con los plazos establecidos por la ley, cabe prever que el CEMA esté funcionando en diciembre o principios de enero, coincidiendo con el nuevo ejercicio presupuestario.

 

Veremos.